Este principio concierne a la selección, en el ámbito internacional, del régimen aplicable a la verificación y admisión de los créditos, así como a la determinación del alcance del derecho sustantivo y del régimen de impugnación, de actos nocivos a la masa, que sean aplicables con arreglo a la ley del foro ante el que se esté siguiendo el procedimiento.
يتعلق هذا المبدأ بالاختيار الدولي لمبادئ القانون المتعلقة بالتحققمنصحة المطالبات وقبولها، وتطبيق القانون الموضوعي، وتطبيق أحكام الإبطال المعتمدة لدى المحكمة المختصة.